Personas mayores de edad residentes en España que reúnan cualquiera de los siguientes requisitos:
- Tener 65 años cumplidos.
- Pensionistas de jubilación del Sistema Público de Pensiones Español.
- Pensionistas de viudedad de 55 años o mas
- Otros pensionistas del Sistema Público de Pensiones y prejubilados, en ambos casos con 60 años cumplidos.
- Presentar una solicitud.
Se
considerarán beneficiarios, en calidad de acompañantes, los cónyuges de
estas personas aunque no es preciso que reúna los requisitos de edad y
pensión.
Se admite como acompañante a un hijo/a con
discapacidad, con grado de discapacidad igual o superior al
45%, siempre que el viaje lo realice con sus padres y ocupe cama
supletoria en la misma habitación del hotel. Deberá cumplimentarse el
apartado correspondiente de la solicitud con los datos del hijo/a.
Los solicitantes deberán valerse por si mismos y no padecer
alteraciones de comportamiento que impidan la normal convivencia en los
hoteles.
Reuniendo todas las condiciones se puede solicitar la acreditacion del programa de vacaciones y viajes del Imserso, solicitar las plazas en los viajes y reservar sus vacaciones en los destinos elegidos.